Regulaciones sobre salidas pedagógicas y giras de estudio
Las salidas pedagógicas y giras de estudio son actividades complementarias organizadas por los establecimientos educacionales, que contribuyen al desarrollo integral de los estudiantes. Al constituir parte del proceso formativo, estas actividades deben ser reguladas cuidadosamente para proteger la seguridad y bienestar de los participantes.
Por ello, todo Reglamento Interno debe incluir normas y procedimientos específicos para la planificación y ejecución de estas experiencias, las cuales deben estar alineadas con los ámbitos de aprendizaje establecidos en las Bases Curriculares de cada nivel educativo.
El contenido mínimo exigido para estas regulaciones está establecido en el Anexo 5 de la Circular respectiva, que detalla los siguientes elementos fundamentales:
Regulaciones sobre salidas pedagógicas y giras de estudio
La programación de toda actividad organizada fuera del recinto escolar debe considerar al menos los siguientes aspectos:
1. Autorización de los apoderados
- Forma y plazo de la autorización otorgada por escrito a cada estudiante que participará en la actividad, firmada por el respectivo apoderado.
- Los estudiantes sin esta autorización no podrán participar en la actividad. Sin embargo, el establecimiento deberá tomar las medidas necesarias para asegurar la continuidad del servicio educativo para estos estudiantes.
2. Adultos responsables
- Definir el número de adultos responsables por estudiantes asistentes a la actividad, asegurando que este sea suficiente para resguardar la seguridad de los alumnos de manera efectiva.
3. Medidas de seguridad
- Detallar las medidas de seguridad que se implementarán durante la actividad, incluyendo:
- Organización de responsabilidades entre los adultos acompañantes.
- Entrega de una hoja de ruta al sostenedor.
- Entrega de tarjetas de identificación a cada estudiante, que incluyan:
- Nombre y número de teléfono celular del docente, educadora o asistente responsable del grupo.
- Nombre y dirección del establecimiento educacional.
- El personal del establecimiento y los padres que participen deberán portar credenciales visibles con su nombre y apellido.
4. Medidas posteriores a la actividad
- Establecer las acciones a seguir una vez que los estudiantes hayan regresado al establecimiento, para el cierre adecuado de la actividad.
5. Comunicación al Departamento Provincial de Educación (establecimientos municipales)
En el caso de establecimientos municipales, las salidas pedagógicas y giras de estudio deben ser comunicadas previamente al Departamento Provincial de Educación, mediante un formulario que debe incluir:
- Datos del establecimiento
- Datos del director
- Datos de la actividad: fecha, hora, lugar, niveles o cursos participantes.
- Datos del profesor responsable
- Autorización firmada de los padres o apoderados
- Listado de estudiantes participantes
- Listado de docentes participantes
- Listado de apoderados participantes
- Planificación técnico-pedagógica
- Objetivos transversales de la actividad
- Diseño de enseñanza que homologue los contenidos curriculares prescritos.
- Temas transversales que se fortalecerán en la actividad.
- Datos del transporte: conductor, compañía aérea, patente del vehículo, entre otros.
- Momento en que el director levantará el acta del seguro escolar, para que los estudiantes sean beneficiarios del seguro estatal en caso que corresponda.
Fuente: Superintendencia de Educación. (2018). Circular que imparte instrucciones sobre Reglamentos Internos de los establecimientos educacionales de enseñanza básica y media con reconocimiento oficial del Estado. Resolución Exenta N.º 482, de 22 de junio de 2018. Recuperado de https://www.supereduc.cl/wp-content/uploads/2018/06/CIRCULAR-QUE-IMPARTE-INSTRUCCIONES-SOBRE-REGLAMENTOS-INTERNOS-ESTABLECIMEINTOS-EDUCACIONALES-ENSE%C3%91ANZA-B%C3%81SICA-Y-MEDIA…_opt.pdf
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