Faltas a la convivencia escolar, medidas disciplinarias y procedimientos
Según la normativa vigente, los Reglamentos Internos de todos los establecimientos reconocidos por el Estado deben contener tres elementos clave:
- Descripción de las conductas que constituyen faltas a la convivencia escolar, clasificadas por gravedad (leve, grave, gravísima).
- Identificación de las medidas disciplinarias aplicables a cada tipo de falta.
- Detalle de las etapas e instancias del procedimiento disciplinario, garantizando siempre justicia, proporcionalidad y debido proceso.
Faltas a la convivencia escolar
El Reglamento debe listar explícitamente las acciones que afectan el clima escolar, como el acoso, agresiones físicas o verbales, discriminación, entre otras. Estas faltas deben estar graduadas por su gravedad, como estipula la circular normativa. Esa descripción previene interpretaciones arbitrarias y asegura la aplicación clara de sanciones.
Medidas disciplinarias asociadas
Conforme a la legalidad, solo se pueden aplicar sanciones detalladas en el Reglamento, y estas deben variar según la gravedad de la falta. Las medidas pueden ser:
- Leves: amonestaciones, comunicación verbal o escrita.
- Graves: suspensión temporal, reparaciones, intervenciones comunitarias.
- Gravísimas: cancelación de matrícula, expulsión o denuncia en tribunales (cuando corresponda).
Los colegios subvencionados o con aportes estatales deben cumplir el procedimiento previsto en el Artículo 6 letra d) de la Ley de Subvenciones.
Procedimiento disciplinario
El reglamento debe establecer procedimientos claros para aplicar sanciones, incluyendo al menos:
- Inicio del proceso, con registro escrito del hecho y notificación a estudiante y apoderados.
- Recepción de descargos, permitiendo al afectado presentar su versión y antecedentes.
- Espacios de mediación o resolución, cuando corresponda.
- Decisión motivada, comunicada en plazos razonables.
- Instancia de revisión, ante un tribunal escolar o instancia imparcial.
Los procesos disciplinarios deben evitar arbitrariedad y asegurar la proporcionalidad en cada caso.
En resumen
Para fomentar una convivencia escolar justa y segura es imprescindible que el Reglamento Interno:
- Identifique y gradúe las faltas de convivencia.
- Vincule cada falta con una medida disciplinaria específica.
- Establezca un procedimiento transparente y justo, asegurando el derecho a descargos y revisión de sanciones.
Este enfoque no solo resguarda la equidad, sino que también refuerza la confianza de la comunidad escolar en el sistema disciplinario institucional.
Fuentes:
- Superintendencia de Educación. (s.f.). Normativa Fácil: Reglamento interno, medidas disciplinarias. Recuperado de https://normativafacil.supereduc.cl/medidasdisciplinarias.html
- Superintendencia de Educación. (2018). Circular de Reglamentos Internos – sección 5.9.4 (falta, medidas y procedimientos). Recuperado de https://www.supereduc.cl/wp-content/uploads/2018/06/CIRCULAR-QUE-IMPARTE-INSTRUCCIONES-sobre-Reglamentos-Internos.pdf
- Superintendencia de Educación. (s.f.). Contenido del Reglamento Interno: definición de faltas y procedimientos. Recuperado de https://normativafacil.supereduc.cl/contenido.html
- Superintendencia de Educación. (s.f.). Aplicación de medidas disciplinarias: expulsión o cancelación de matrícula. Recuperado de https://www.supereduc.cl/contenidos-de-interes/aplicacion-de-medidas-disciplinarias-expulsion-y-cancelacion-de-matricula/
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